FUE PROMULGADA LA LEY PARA ANALIZAR LA NECESIDAD Y CONVENIENCIA DE REFORMAR LA CONSTITUCIÓN

En 120 días una comisión considerará la oportunidad de la propuesta del gobernador Claudio Poggi que impulsó una serie de cambios. Ahora viene la designación de los miembros por parte de la Legislatura y el Poder Ejecutivo.

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Este lunes, a través de la publicación en el Boletín Oficial, se conoció oficialmente la promulgación de la Ley Nº XIII-1129-2024 que creó la Comisión de Análisis y Conveniencia de la reforma de la constitución.

Este espacio estará integrado por cinco diputados y cinco senadores, y dos representantes del Gobierno. Además, se podrá convocar a partidos políticos, miembros del Superior Tribunal, magistrados de tribunales inferiores, ministros, secretarios de Estado, diputados y senadores nacionales, provinciales y municipales. Lo mismo podrían ser llamados intendentes, asociaciones civiles con personería jurídica, colegios profesionales y universidades.

El gobernador anunció la iniciativa en su mensaje de asunción el 10 de diciembre y luego el 1° de abril al dar el discurso del estado de la administración y presentar el plan anual de Gobierno, explicitó la idea de avanzar en una actualización integral de la Carta Magna, cuya última actualización se produjo en 1987.  Semanas después llegó el proyecto que ahora es ley.

El decreto promulgatorio N° 8987-MG-2024 fue firmado el 4 de septiembre por el mandatario y rubricado por el ministro de Gobierno, Facundo Endeiza.

Ahora la Legislatura y el Poder Ejecutivo deben avanzar en la nominación y designación de sus representantes.

La misión final, según el articulado de la ley, es “la realización de un estudio pormenorizado a los efectos de evaluar y poder presentar a los tres poderes un informe respecto a la conveniencia de una reforma constitucional amplia”.

Los puntos incluidos:

|La modificación del sistema de representatividad legislativa, es decir, pasar de la bicameralidad a una Cámara Única de Legisladores.

|Cambios en la periodicidad electoral provincial cada cuatro años (eliminación de los comicios de medio término).

|Un sistema de capitales alternas.

|Ampliación del periodo legislativo.

|Incorporación de la “cláusula de consanguinidad” para los gobernadores.

|Modificaciones funcionales para la designación de magistrados, que “permitan limitar las facultades que tiene el Poder Ejecutivo en el sistema actual”.

|Y limitar a dos períodos, continuos o alternados, el ejercicio de cargos electivos, sean legislativos o ejecutivos tanto provinciales como municipales.

Estos son algunos de los puntos y podrían ser incorporados otros temas.

El plazo para presentar un dictamen es de 120 días, aunque puede ser prorrogado por 60 días más.