UN TRIBUNAL FRENÓ EL CAMBIO DE JUZGADO QUE HABÍAN CONSEGUIDO EX FUNCIONARIOS DE RODRÍGUEZ SAÁ EN LA CAUSA POR CORRUPCIÓN

El Tribunal resolvió por unanimidad que Luciana Banó debe continuar al frente del expediente contra Claudio Latini, Luciano Anastasi y Ernesto Alí. Las defensas habían cuestionado su competencia cuando la causa se aproximaba al tratamiento de los pedidos de sobreseimiento. Los jueces advirtieron que un nuevo cambio podría generar más incidencias procesales.

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por Antonella Camargo

La estrategia con la que las defensas de tres ex funcionarios de Alberto Rodríguez Saá habían conseguido cambiar de juzgado una causa por presunta corrupción finalmente no prosperó. El Tribunal de Impugnaciones resolvió por unanimidad que la jueza de Garantía N°4, Luciana Banó, deberá continuar interviniendo en el expediente contra  los ex ministros de Seguridad, Claudio Latini, Luciano Anastasi y Ernesto “Pipi” Alí; y los ex intendentes Mario Canali (Cortaderas) y Jeremías Vivas (San Francisco).

La decisión fue adoptada por los jueces Yanina del Viso, Laura Molino y Jorge Sabaini Zapata, quienes rechazaron el apartamiento de Banó y confirmaron su competencia para seguir entendiendo en la investigación. De esta manera, la causa permanecerá en el Juzgado de Garantía N°4 y podrá retomar el trámite que había quedado atravesado por la discusión sobre qué magistrado debía intervenir.

La resolución representa un nuevo capítulo de una controversia que comenzó el 29 de julio, cuando las defensas introdujeron un planteo de incompetencia horas antes de una audiencia que ellas mismas habían solicitado para discutir el sobreseimiento de los imputados.

En aquella audiencia, la fiscal de Instrucción Linda Maluf se opuso y calificó la presentación como “dilatoria, maliciosa y desleal”. La Fiscalía de Estado también cuestionó el momento elegido para discutir la competencia, después de que la causa hubiera continuado durante meses ante Banó sin objeciones de las partes.

Sin embargo, un día después, Banó hizo lugar al planteo, declinó su competencia y ordenó que el expediente fuera remitido al Juzgado de Garantía N°3, a cargo de Marcos Flores Leyes. La magistrada consideró que, tras la reincorporación de Flores Leyes a ese tribunal, había desaparecido la circunstancia que originalmente había provocado que la causa llegara a sus manos.

Pero el expediente tampoco quedó en manos de Flores Leyes. El 4 de agosto, el juez se opuso a recibir la causa y promovió una contienda negativa de competencia. Esa disputa obligó al Tribunal de Impugnaciones a definir finalmente cuál de los dos juzgados debía continuar con el proceso.

El momento en que las defensas cuestionaron a Banó

La resolución de Impugnaciones contiene un análisis particular sobre el momento procesal en el que las defensas decidieron cuestionar la competencia.

El Tribunal reconoció que la excusación que originalmente provocó el cambio de juzgado tenía carácter personal. Natalia Lazarte, quien subrogaba el Juzgado de Garantía N°3, se había apartado por una circunstancia que la vinculaba con uno de los imputados. Una vez que terminó esa subrogancia y Flores Leyes retomó la titularidad, en principio las actuaciones debieron regresar a ese órgano.

Sin embargo, eso no ocurrió. La causa continuó durante un período prolongado ante el Juzgado de Garantía N°4, donde se realizaron distintas audiencias, se resolvieron incidencias y se adoptaron decisiones sin que ninguna de las partes cuestionara la intervención de Banó.

Ese punto fue especialmente considerado por Impugnaciones. Los jueces remarcaron que las partes comparecieron reiteradamente ante ese juzgado, ejercieron sus facultades procesales y consintieron que el expediente continuara allí. El cuestionamiento apareció recién cuando la causa estaba próxima a resolver los pedidos de sobreseimiento formulados por las propias defensas.

En ese contexto, el Tribunal entendió que volver a desplazar el expediente a otro juzgado provocaría una “innecesaria alteración” en el normal desarrollo del proceso sin brindar una mayor protección a la garantía del juez natural.

También sostuvo que razones de seguridad jurídica, economía procesal y continuidad del servicio de Justicia aconsejan mantener la causa en el Juzgado de Garantía N°4. Incluso advirtió que un nuevo cambio, lejos de fortalecer las garantías del proceso, podría provocar nuevas incidencias procesales sin utilidad práctica.

Con esos argumentos, Impugnaciones resolvió por unanimidad rechazar el apartamiento de Banó y confirmar que seguirá siendo la jueza competente.

Una causa que ya tiene acusación

La discusión sobre qué juez debía intervenir se produjo en una instancia avanzada del expediente. La Fiscalía ya presentó la acusación contra Latini, Anastasi, Alí, Vivas y Canali, y busca que la investigación avance hacia el juicio.

Los tres ex funcionarios están acusados por fraude en perjuicio de la administración pública, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. La investigación se originó a partir de convenios celebrados durante la gestión anterior entre el ministerio de Seguridad y municipios del interior para ejecutar obras vinculadas con cuarteles de bomberos y comisarías.

Según la hipótesis fiscal, el Estado transfirió los fondos a las comunas, pero tras el cambio de gestión se constató que las intervenciones comprometidas no habían sido ejecutadas. La acusación sostiene que el mecanismo se repitió en localidades como La Toma, San Francisco del Monte de Oro y Cortaderas, con desembolsos millonarios que no tuvieron su correlato en las obras.

La Fiscalía considera que ese esquema ocasionó un perjuicio al Estado superior a los $35 millones y solicitó penas de cinco años de prisión para Latini, cuatro años y seis meses para Anastasi y cuatro años para Alí.

Ahora, Banó debe fijar una nueva audiencia para tratar el sobreseimiento de los cinco imputados por presunta corrupción.