EL CABURÉ: EL FUNCIONARIO DENUNCIADO POR EL GOBIERNO FUE IMPUTADO POR DEFRAUDACIÓN EN CONTRA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y PECULADO

Darío Oviedo es investigado por el destino de la cosecha de maíz producida en ese campo que recuperó el Estado provincial el año pasado. El juez Alfredo Cuello ordenó el levantamiento del secreto bancario y dispuso como medidas de coerción la firma del libro en Fiscalía y la prohibición de la salida del país.

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Por Sonia Schoenaker

En una audiencia que duró cuatro horas, este martes se formularon cargos contra el ex funcionario provincial, Darío Oviedo Helfenberger. Le formularon cargos por defraudación en perjuicio de la administración pública y peculado en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El acto procesal estuvo a cargo del juez Alfredo Cuello y participaron el fiscal de instrucción Leandro Estrada y el adjunto Alexis Chavero, y como querellante el fiscal de Estado, Rafael Berruezo. Por parte de “El Caburé”, lo hizo Alejandro Viano; y en representación del secretario de Ética Pública y Control de Gestión Ricardo Bazla, Lucio Pereira.

El Ministerio Público Fiscal formalizó la acusación y expuso los elementos que están reunidos en la investigación, y que señalan a Oviedo como presunto autor de una maniobra irregular vinculada a la explotación del campo El Caburé. El foco está puesto en el destino de la cosecha de maíz producida en el establecimiento rural y en la falta de rendición de cuentas sobre su administración y comercialización.

El fiscal que investiga la causa, Leandro Estrada, y a su izquierda el fiscal de Estado, Rafael Berruezo, que actúa como querellante.

La causa se originó a partir de la denuncia que realizó el secretario Bazla, quien además pidió la renuncia de Oviedo cuando advirtió que el funcionario no aportaba información precisa o documentación sobre qué había pasado con la producción en ese campo que había sido recuperado judicialmente por el Estado provincial en abril del año pasado.

En primer lugar, Reviglio planteó la nulidad de la imputación, al considerar que se había vulnerado el derecho de defensa, pero el magistrado no hizo lugar.

Al fundamentar la figura atribuida al comportamiento de Oviedo, Estrada aclaró que la investigación “no es un cuadro estático, sino un proceso dinámico”, y advirtió que la formulación podría involucrar a más personas. Indicó que, para esta etapa, el Ministerio Público Fiscal valoró que las pruebas son “suficientes y necesarias” para avanzar con la imputación.

Explicó que El Caburé no es el nombre del campo sino de una sociedad anónima, y que el predio rural es propiedad del Estado provincial.

Recordó que mediante el decreto 8143/2017, el Gobierno rescindió la adjudicación del campo a la firma El Caburé, representada por Ramón Lucero, luego de un proceso iniciado en 2014 que terminó con la desadjudicación definitiva. A pesar de ello, señaló que entre 2018 y 2022 se celebraron contratos sobre el inmueble, incluso después de que las partes fueran notificadas de la rescisión.

Según detalló, en enero de 2022 celebraron un contrato de aparcería por unas 470 hectáreas con Galia Norte, representada por Enrique Vaira y San Jorge, por Marcelo Ingaramo. Un mes después se amplió ese acuerdo a la totalidad del campo, que tiene unas 1997 hectáreas.

“El Código civil establece que quien siembra en tierras ajenas no es el propietario. El dueño del campo es propietario. El campo es del Estado provincial y el maíz es del estado provincial”, dijo.

Expuso que durante la investigación se añadieron elementos suficientes para sostener la existencia de una maniobra defraudatoria vinculada a la administración del campo y manifestó que al momento en que la secretaría Ética tomó posesión del campo, en abril de 2024, “no se dejó constancia sobre la cantidad, calidad, ni estado del maíz sembrado”.

Hizo hincapié en el testimonio del cosechador, Francisco Anselmi, quien declaró haber comenzado la cosecha del maíz en julio de 2024. Según relató, Anselmi manifestó que retiró alrededor de 40 camiones del producto, que fueron trasladados a un feedlot conocido como “El Lucho”, y que el único contacto que tuvo con funcionarios fue con Oviedo. También declaró que se le prometió un contrato de 10 años, pero nunca se formalizó.

Darío Oviedo es ex funcionario del Gobierno.

De acuerdo a la acusación, el 24 de julio de 2024 se firmó un contrato de locación de servicios rubricado únicamente por Oviedo, sin la firma de Bazla. Estrada sostuvo que “no existió procedimiento administrativo alguno para la contratación de Anselmi, ni informes técnicos, ni expedientes, ni documentación respaldatoria que permitiera determinar qué se cosechó y en qué cantidad”.

Para la fiscalía, la maniobra generó un perjuicio al Estado provincial, ya que el maíz fue retirado sin facturación, sin procedimiento administrativo y sin rendición de cuentas.

Por ello solicitó la imputación por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública, en carácter de autor.

También rechazó la aplicación de una excusa absolutoria por obediencia debida planteada por la otra parte, porque consideró que el imputado tenía la posibilidad de actuar de otro modo, incluso renunciando a su cargo, como finalmente ocurrió en julio de 2025.

Por su parte, Berruezo sostuvo que “no se trata de un delito menor” y remarcó cuál era la gravedad.

Citó un fallo de la Cámara Federal de La Plata: “La corrupción limita y afecta al sistema democrático porque en una sociedad donde se generalizan las prácticas corruptas, el derecho pierde vigencia efectiva y el poder se vuelve absoluto”.

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Acompañó la descripción fáctica, pero consideró que la conducta de Oviedo encuadra en el delito de peculado, ya que se trataba de un funcionario público que dispuso de bienes del Estado (en este caso, la cosecha de maíz), y ordenó su levantamiento a través de un tercero, el cosechador, con quien solo él mantuvo el contacto, sin respaldo administrativo ni rendición de cuentas.

Añadió que, hasta la declaración de Anselmi, el Estado desconocía el destino de la producción y que no recibió ingreso alguno.

Indicó que también podría analizarse el incumplimiento de los deberes de funcionario público, al disponer de la cosecha sin autorización ni control, y para finalizar, mencionó que conforme al principio de confianza, Oviedo tenía asignado el rol de administrar y preservar los bienes del estado, y “se extralimitó” al actuar por cuenta propia.

Viano, en cambio dijo que el campo en cuestión “no es propiedad del Estado provincial”, aunque igualmente adhirió a la formulación de cargos contra el acusado, mientras que el defensor de Vaira, Pascual Celdrán no adhirió al pedido de formulación de cargos.

El representante de Bazla, adhirió a la descripción fáctica y a la calificación legal que expuso la Fiscalía.

Reviglio se opuso a la formulación de cargos y planteó el principio de incongruencia, al considerar que no existe evidencia suficiente para sostener la imputación. Añadió que Oviedo actuó siguiendo las jerarquías existentes dentro del Ejecutivo Provincial y afirmó que el imputado puso a disposición su teléfono celular para que se constaten las conversaciones que mantenía con sus superiores. Mencionó también que la Fiscalía no logró acreditar qué beneficio habría obtenido su defendido, ni de qué manera se configuró la defraudación.

Seguidamente, las partes debatieron sobre las medidas de coerción. El MPF solicitó el levantamiento del secreto bancario del imputado, la firma del libro de presencia del 1 al 5 de cada mes por el término de cuatro meses y la prohibición de salida del país. A ese pedido la Fiscalía de Estado se sumó y solicitó ampliar el levantamiento del secreto bancario a cuentas vinculadas con una empresa constituida por Oviedo y su pareja.

Viano no descartó que, en caso de incorporarse nuevas pruebas, se pueda solicitar la prisión preventiva ya que, según su relato, ha recibido llamadas telefónicas y mensajes del acusado.

Tras escuchar a las partes, Cuello admitió provisoriamente los cargos contra Oviedo, ordenó el levantamiento del secreto bancario y dispuso como medidas la firma del libro ante Fiscalía y la prohibición de salida del país, salvo que sea con autorización judicial.