EL RIPEE YA ESTÁ EN MARCHA EN SAN LUIS: ESTOS SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL RÉGIMEN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y EMPLEO
El Régimen Integral de Promoción del Desarrollo Económico y del Empleo entró en vigencia y habilita una batería de herramientas para nuevas inversiones, generación de trabajo.
El Régimen Integral de Promoción del Desarrollo Económico y del Empleo (RIPEE) atravesó el proceso de instrumentación y entró en vigencia como una política para el sector privado de San Luis. Desde este martes, con la puesta en marcha de la nueva norma, empresas, industrias, comercios y otros actores de la economía provincial pueden acceder a los mecanismos de promoción contemplados por la ley.
El régimen fue impulsado por el gobernador Claudio Poggi y aprobado por la Legislatura. Lo lanzó el 2 de septiembre durante el Día de la Industria y ahora, mediante una resolución, de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos se habilitó la implementación al establecerse los requisitos y condiciones. Pueden acceder a los beneficios comercios y pequeñas, medianas y grandes empresas.
La norma fue diseñada como un marco general para ordenar y reunir distintas políticas destinadas a promover la actividad privada. Su alcance incluye actividades agropecuarias, apícolas, frutihortícolas, mineras, industriales, de la construcción, energéticas, logísticas, comerciales, turísticas, culturales, tecnológicas y de servicios, entre otras.
Con la reglamentación de sus instrumentos, el objetivo es que esos beneficios puedan ser utilizados tanto por quienes proyecten instalar nuevas actividades en la provincia como por empresas que ya están radicadas en San Luis y pretendan invertir, ampliar su capacidad productiva o incorporar trabajadores.
Cuando promulgó la ley, en un acto realizado en la Caja de los Trebejos de Potrero de los Funes, Poggi definió al RIPEE como una herramienta surgida de los planteos realizados en las mesas sectoriales. “Yo creo que el RIPEE es una herramienta muy potente para atraer y ampliar sus inversiones y por ende, nuevos puestos de trabajo”, sostuvo.
Exenciones impositivas de hasta 15 años
Uno de los componentes más importantes del RIPEE es el esquema de incentivos fiscales destinado a nuevas inversiones y a ampliaciones de proyectos existentes.
El beneficio puede extenderse durante un período de hasta 15 años, con un esquema progresivo: la exención alcanza al 100% durante los primeros cinco años, al 75% durante los cinco siguientes y al 50% durante los últimos cinco.
El mecanismo alcanza a distintos tributos provinciales relacionados con las inversiones comprendidas en el régimen, entre ellos Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Patentes y Sellos. Durante la presentación de la iniciativa, Poggi sintetizó el esquema: “Los primeros cinco años al 100%, los segundos cinco años al 75% y los terceros cinco años al 50%”.
La normativa también contempla una situación particular para las industrias alcanzadas por la Ley 501. De acuerdo con lo explicado por el gobernador, esas empresas conservarán la tasa cero de Ingresos Brutos como un derecho adquirido y podrán acceder a los nuevos instrumentos del RIPEE cuando resulten compatibles. “Todos los que tienen la ley 501 siguen con la tasa 0 de Ingresos Brutos”, confirmó el mandatario.
El acceso a los programas de promoción previstos por el régimen se vincula con proyectos de inversión y permite solicitar el Programa de Fomento a las Nuevas Inversiones o el Programa de Incentivos Fiscales.
Los saldos a favor de Ingresos Brutos podrán transformarse en crédito fiscal
Otro de los mecanismos incorporados apunta a los saldos a favor acumulados por los contribuyentes de Ingresos Brutos. La ley permite que determinados saldos a favor declarados al 31 de mayo de 2026 sean convertidos en certificados de crédito fiscal, con un límite de hasta el 80% del saldo declarado y bajo las condiciones y procedimientos que establezca la reglamentación.
El plazo previsto para solicitar esa conversión llega hasta el 31 de marzo de 2027, con posibilidad de una prórroga de 6 meses. La idea planteada por el Gobierno es que esos recursos dejen de permanecer inmovilizados y puedan ser utilizados por las empresas dentro de las alternativas previstas por el régimen.
Poggi lo presentó como una herramienta de alivio para el sector privado: “Es un régimen de alivio fiscal que permite que ese saldo a favor acumulado del impuesto a los Ingresos Brutos se convierta en un crédito fiscal para las empresas con diferentes posibilidades de uso o de finalidades”.
Un incentivo para transformar planes sociales en empleo formal
El RIPEE también incorpora una herramienta vinculada con la generación de empleo. El esquema contempla la incorporación al sector privado de personas que actualmente son beneficiarias de planes sociales, mediante un aporte económico de la Provincia destinado a reducir inicialmente el costo laboral para los empleadores.
Los obreros que ingresen a las empresas lo harán bajo el régimen laboral correspondiente y dentro del convenio colectivo de cada actividad. Durante los primeros 12 meses, el Estado realizará el mayor aporte previsto, mientras que durante el segundo año la asistencia irá disminuyendo progresivamente.
Según explicó Poggi, el aporte podría alcanzar los $600.000 mensuales por trabajador. “Nosotros queremos ayudarlos a que consigan un trabajo mejor y también queremos ayudarlos a ustedes a aliviar el costo laboral”, les dijo el gobernador a los empresarios que lo acompañaron en Caja de los Trebejos. “No subsidiamos más el desempleo, subsidiamos el empleo”, sentenció.
Inmuebles del Estado para nuevos proyectos
Otra de las posibilidades que abre el régimen es la utilización de inmuebles pertenecientes al Estado provincial para facilitar inversiones. La herramienta comprende terrenos, naves industriales y parcelas ubicadas en zonas de perilagos, entre otros bienes que puedan resultar de interés para proyectos productivos, industriales o turísticos.
La Provincia podrá poner esos inmuebles a disposición de inversores mediante distintas modalidades que pueden incluir alquiler, concesión o venta a valores de fomento según las características de cada iniciativa.
Un fondo de garantía para facilitar el crédito
El régimen contempla la conformación -junto con el Consejo Federal de Inversiones (CFI)- de un Fondo de Garantía destinado a respaldar a empresas que tengan proyectos de inversión, pero encuentran dificultades para presentar las garantías exigidas por bancos o entidades financieras.
La herramienta busca que pequeñas y medianas empresas puedan utilizar el respaldo provincial para mejorar sus posibilidades de acceder a créditos destinados a inversiones.
“Vamos a afectar una porción de nuestro presupuesto a un fondo de garantía que les permita a ustedes apalancar créditos de instituciones financieras”, explicó Poggi.
Qué establece la reglamentación de Ingresos Públicos
La resolución fija los requisitos para acceder a ese mecanismo. El régimen comprende deudas tributarias provinciales, incluidas aquellas correspondientes a agentes de retención, percepción o recaudación junto con multas, recargos y demás que tengan una antigüedad superior a 2 meses al momento de suscribir el plan.
Para acceder el contribuyente deberá acreditar el pago de las obligaciones corrientes que no estén comprendidas en el plan. La adhesión implica el reconocimiento expreso de la deuda y desistir de recursos administrativos o judiciales vinculados a las obligaciones que se regularicen.
Un plan con distintas alternativas de pago
Para quienes opten por cancelar la deuda al contado, se prevé un descuento del 10% sobre el monto adeudado, hasta el límite correspondiente al capital. En planes de hasta 3 cuotas, no se exige entrega inicial y tampoco se aplica interés de financiación.
Entre 4 y 12 cuotas, se establece una entrega inicial del 10% de la deuda y un interés de financiación equivalente al 30% del interés vigente.
Para planes de 13 a 24 cuotas, la entrega inicial continúa siendo del 10%, mientras que el interés de financiación equivale al 50% del vigente.
Finalmente, para quienes opten por entre 25 y 36 cuotas, se mantiene el anticipo del 10% y el interés de financiación asciende al 75%.
La resolución también fijó montos mínimos para las cuotas según el impuesto que se regularice: para Ingresos Brutos el mínimo es de $25.000; para Sellos $15.000; para Automotores, Acoplados y Motocicletas $10.000 y para Inmobiliario, $7.000.
En el caso de agentes de retención, percepción o recaudación, el mínimo asciende a $1 millón, con un máximo de 6 cuotas.
Cómo se puede realizar la adhesión
La reglamentación habilita dos vías para acceder al plan de facilidades: a través del portal web de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos, utilizando clave fiscal, o de manera presencial en las oficinas del organismo, sus delegaciones y receptorías.
El procedimiento requiere identificar el impuesto por el cual se realizará el plan, elegir la modalidad a la que se incorporarán e informar los datos bancarios cuando corresponda.
Para los planes de hasta 3 cuotas se pueden utilizar los medios de pago vigentes. En los planes de 4 o más cuotas, en cambio, se establece el débito automático obligatorio en caja de ahorro o cuenta corriente, mientras que la entrega inicial debe abonarse mediante los medios habilitados.
La resolución también establece condiciones específicas para deudas que se encuentran en actuaciones administrativas, apremios judiciales, procesos judiciales o situaciones concursales. En esos casos, el contribuyente deberá cumplir requisitos adicionales para que la regularización pueda mantenerse vigente.
El plan puede caducar si se acumula falta de pago en las condiciones establecidas por la resolución. En particular, la normativa contempla la caducidad ante la falta de pago total o parcial de 2 cuotas consecutivas durante más de 30 días corridos desde el vencimiento de la segunda, o de 3 cuotas alternadas durante más de 30 días desde el vencimiento de la tercera impaga.





