CORRUPCIÓN EN EL MOLINO FÉNIX: UNO DE LOS IMPUTADOS APELÓ LA FORMULACIÓN DE CARGOS Y EXPUSO QUE ACTUÓ POR SUBORDINACIÓN
Diego Torres es el único imputado sobre el cual el Ministerio Público Fiscal no pretendió la prisión preventiva, y está en libertad. Ahora, su defensora oficial pidió ante el Colegio de Jueces que se revise la imputación por asociación ilícita, administración fraudulenta y destrucción y ocultamiento de prueba.
En una extensa exposición la defensora oficial de Diego Torres planteó ante el Colegio de Jueces de la Segunda Circunscripción Judicial un recurso de apelación sobre la formulación de cargos que dispuso el juez Santiago Ortiz, el pasado 24 de agosto. Ese día Anabela Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel quedaron detenidos y fueron enviados al Servicio Penitenciario Provincial. El Ministerio Público Fiscal solicitó el desafuero del diputado provincial Joaquín Beltrán, porque ya anticiparon que también avanzarán en su encarcelamiento.
Sobre el único que no se dispuso la medida de coerción más gravosa, fue contra Torres, y el fiscal José Olguín lo justificó en la actitud que tuvo frente al proceso: “Siempre se presentó cuando fue citado y estuvo a derecho”.
La audiencia se desarrolló en la Sala Nº 3 del Colegio de Jueces, e intervinieron Hernán Herrera, María Bocca y Marcelo Bustamante Marone. Escucharon a las partes y su pronunciamiento en el plazo establecido por ley.
En el inicio, Ximena Bertoli sostuvo que la resolución de Ortiz causó “un gravamen irreparable” a su asistido, y detalló que no solo perdió su trabajo, sino que está en tratamiento psicológico y psiquiátrico por la exposición que el caso tuvo en los medios de comunicación.
Agregó que Fiscalía “no logró determinar en forma clara cuál fue la conducta desplegada por Torres en relación a la comisión de los delitos atribuidos”, ni indicó “con precisión cuál es la evidencia que sustentó la imputación”. Tuvo en cuenta que “no se diferenció entre los imputados”.
Resaltó que Torres era un empleado público contratado al momento de los hechos, y que estudiaba el profesorado de educación física (ahora ya está recibido). Describió que cumplió dentro del Molino Fénix diferentes funciones, siempre dentro de una estructura jerárquica. Que “no tenía la capacidad de disponer de fondos”, ni del destino de cierto patrimonio; tampoco contaba con una formación específica, mucho menos con “poder de decisión”. También agregó que durante la pandemia lo designaron para hacer hisopados. “Era trasladado conforme a las necesidades, y no podía oponerse”, expuso.
Hizo referencia al testimonio de otros trabajadores que dieron cuenta que era Beltán el que daba las órdenes y el que manejaba, junto a Enzo Lucero, el sistema “de códigos” para realizar transferencias. Dejó en claro que Torres siempre actuó bajo instrucciones y la responsabilidad de sus superiores. “Su posición era subordinada”, añadió.
Sobre la atribución del delito de asociación ilícita, dijo que no existe una evidencia que acredite cuándo se había configurado la misma, y en qué momento su asistido expresó en forma libre su voluntad de formar parte.
En cuanto a la administración fraudulenta, consideró que “el simple hecho de que una persona trabaje en una oficina administrativa no puede ser un indicio de que tenga a cargo la administración”.
Y sobre el ocultamiento y destrucción de evidencia, consideró que no existen evidencias de que haya tenido esa conducta.
La defensora hizo mención a otra cuestión que a lo largo de la investigación nunca se había expresado: que había cierto temor o un manto de incertidumbre acerca de conservar o no el puesto laboral.
El fiscal José Olguín consideró que nada de lo que expuso la defensa había sido desarrollado en la audiencia de ampliación de formulación de cargos, donde se repasó con claridad la función de Torres en la comisión de delitos imputados. Defendió que fue “precisa”.
Insistió, de acuerdo a su teoría, que Torres fue participe en innumerables operaciones contables, en el manejo de la caja chica del Molino Fénix, de confección de cheques y vales. Sostuvo que es “inaplicable la figura de obediencia debida”. A él, Beltrán y Anabela Lucero le pedían que hiciera pagos mediante transferencias.
Lo situó como partícipe en todos los actos que son investigados. Por ejemplo, recordó que de su teléfono se extrajeron comunicaciones que lo expusieron. Por ejemplo, el día que él organizó con Beltrán cómo retirar los muebles del predio, y lo situó en el momento de la destrucción de documentación: “Fueron sus compañeros quienes lo vieron en ese lugar”. Se lo acusa que contribuyó a la sustracción de elementos probatorios.
Para el abogado que representa a Fiscalía de Estado, Flavio Ávila la audiencia de formulación de cargos fue suficiente, en cuanto a los elementos de convicción que dieron sustento a la imputación. Agregó que no corresponde decir que Torres estaba coaccionado, y que está acreditada con evidencias, la distribución de roles de todos los integrantes de la asociación ilícita.





